viernes, 29 de abril de 2011

Los bebes que vivan menos de un día figurarán en el Registro Civil

La fugaz existencia de un bebé que viene al mundo y no logra sobrevivir más de 24 horas fuera del seno materno no deja ningún rastro, en este momento, en el Registro Civil. Es como si no hubiera existido para el Estado. Los grupos parlamentarios del Congreso acordaron ayer poner fin a esa situación, a través de una enmienda pactada dentro del nuevo proyecto de ley del Registro Civil.

En la ponencia encargada del informe de esa nueva norma, los diputados acordaron introducir una disposición adicional sobre el archivo de fallecimientos perinatales y prenatales, con la siguiente redacción: «Figurarán en un archivo del Registro Civil, sin efectos jurídicos, los fallecimientos perinatales y prenatales, siempre que se produzcan con posterioridad a los seis meses de gestación, pudiendo los progenitores otorgar un nombre. Este archivo quedará sometido al régimen de publicidad restringida previsto en la presente Ley».

Inscripción por aborto
Con la nueva ley, por tanto, a partir del sexto mes de gestación todos los niños que nazcan y mueran antes del primer día de vida tendrán su lugar en el Registro, una medida con la que los diputados quieren poner una traba fundamental al posible robo de niños recién nacidos en los hospitales, un hecho que se amparaba en parte en desapariciones que no dejaban ni rastro, según fuentes de la ponencia. Las mismas fuentes señalan que en caso de aborto, siempre a partir del sexto mes de gestación, también será obligatoria la inscripción, aunque no lo será poner nombre al bebé.

La ley dice además que son inscribibles los nacimientos de las personas, conforme al artículo 30 del Código Civil, que está redactado así: «Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno». Con la nueva disposición sobre los fallecimientos prenatales y perinatales se constituirá un archivo dentro del Registro Civil.

La ponencia encargada de informar el proyecto de ley del Registro Civil acabó ayer sus trabajos y elevó sus conclusiones a la Comisión de Justicia, que se reunirá el próximo 4 de mayo para el debate y la aprobación del dictamen. En la nueva norma se elimina el tradicional libro de familia y se dotará a cada persona de un número desde su nacimiento, que coincidirá con su DNI según el principio de acuerdo al que llegaron los grupos parlamentarios en la tercera y última reunión de la ponencia.

Qué hacer con el orden de apellidos
El orden de los apellidos trae de cabeza a los diputados desde que el Gobierno introdujo en el proyecto de ley el alfabeto como factor decisivo, en caso de desacuerdo entre los padres. Apellidos como Aznar salían ganando respecto a otros como Zapatero. El resultado fue una lluvia de enmiendas, con las ideas más extravagantes para tratar de dar una solución no discriminatoria. Los grupos han aplazado la discusión hasta el 4 de mayo, pero ayer llegaron a un punto común: los padres deben ponerse de acuerdo sobre los apellidos; si éste no se alcanza, el encargado del Registro Civil les apercibirá de que tienen tres días para tomar una decisión, y buscará un acto de conciliación. Las discrepancias entre los partidos se producen a partir de ahí, si sigue sin haber acuerdo: el orden podría dejarse al azar, o a la decisión del encargado del Registro.


http://www.abc.es/20110427/sociedad/abcp-bebes-vivan-menos-figuraran-20110427.html

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